Gracias a las redes sociales todos tenemos una presencia online. De esta surge nuestra huella digital; ese conjunto de imágenes, pensamientos, vídeos, música…

¿Que ocurre con la vida digital generada en redes sociales por la persona fallecida?
Todas nuestras acciones en las redes sociales quedan registradas y grabadas digitalmente, ya se trate de redes como tales o bien comentarios en blogs, diarios digitales, webs, mensajes de Whatsapp y similares…

Todos estos registros son un punto a considerar en cuanto a las gestiones funerarias. Surge la incógnita de qué hacer con los perfiles y bases de datos generados durante años por la persona fallecida. Todo esto conlleva tener que tomar la decisión de qué hacer con todos esos datos de la persona fallecida, dado que en ningún caso se puede acceder a estas cuentas y perfiles sin el consentimiento expreso de la persona en cuestión.

¿Qué pasará con nuestro legado digital?
En la actualidad existen empresas dedicadas a la realización de testamentos digitales y al borrado de perfiles en redes sociales de un fallecido.

Pasos necesarios para el cierre de una cuenta de Twitter.
Existen empresas especializadas en este ámbito, aunque hay funerarias que también ofrecen dicho servicio.

Esta red social tiene previsto un protocolo de actuación para estos casos. En caso de que no se pueda acceder a la cuenta, el primer paso es contactar por email con privacy@twitter.com e incluir los siguientes datos:

  • Nombre y apellidos del solicitante, email de éste y su relación con el difunto.
  • Nombre del usuario de Twitter y enlace a su perfil.
  • Enlace a la esquela u obituario del fallecido o certificado de defunción.

En cuanto a imágenes o vídeos, familiares y otras personas autorizadas pueden solicitar la eliminación de estos solicitándolo a Twitter Inc. mediante un formulario de privacidad.

Pasos para dar de baja una cuenta de Facebook o crear una cuenta conmemorativa.
Existe la posibilidad de que el usuario de Facebook indique de forma anticipada si desea o no que su cuenta se convierta en cuenta conmemorativa o sea eliminada permanentemente.

Para convertir a posteriori una cuenta en conmemorativa, hay que enviar a Facebook:

  • Nombre del falledico
  • Faecha del fallecimiento.
  • Certificado de defunción (Opcional).

En cuanto a la posibilidad de eliminar la cuenta, es necesario verificar que la persona interesada es un familiar cercano o albacea del propietario de la cuenta (mediante, por ejemplo, un poder notarial).

¿Cómo solicitar la eliminación de la cuenta de un familiar fallecido?
Será necesario verificar mediante cierta documentación que se es un familiar cercano o similar. La manera más ágil es enviar una copia escaneada o foto del acta de defunción del propietario de la cuenta al siguiente enlace: https://www.facebook.com/help/1518259735093203?helpref=search

En caso de no poseer el acta de defunción, para poder acreditar nuestra representación del fallecido podemos enviar:

  • Poder notarial.
  • Certificado de nacimiento.
  • Testamento.
  • Declaración de bienes.

Documentos verificativos del fallecimiento del propietario de la cuenta que podemos enviar:

  • Obituario.
  • Esquela.

Cómo dar de baja a un usuario de Instagram.
Para gestionar la baja de una cuenta de Instagram por fallecimiento,la solicitud puede hacerse mediante el siguiente enlace:
https://es-la.facebook.com/help/instagram/264154560391256

Cómo dar de baja a un usuario de Linkedin.
Esta red social profesional permite gestionar la eliminación de la cuenta de forma similar a través de la gestión de un familiar directo.

Cómo dar de baja a un usuario de Google.

En Google existe la figura de administrador de cuentas inactivas; rol del que puede hacerse cargo un familiar o persona cercana en caso de fallecimiento, y que le permitirá acceder a sus cuentas de Google.

En caso de que el usuario no dejara instrucciones sobre el destino de sus cuentas, los familiares pueden solicitar el cierre o el acceso a sus datos.